REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 23 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LJ01-S-2001-000268
ASUNTO : LJ01-S-2001-000268


Vista la solicitud de entrega material del vehículo moto, marca Yamaha, tipo Paseo, color: rojo, modelo: Axis 50cc, año 1997, dos (02) puestos, 75 kgs de peso, usada, serial 3VP-2.995.731, según factura de compra número 0775, debidamente librada por la empresa Toma tu Moto Import, S.R.L., la cual corre agregada al folio treinta y seis (36), la cual no había sido resuelta por desidia del Ministerio Público, por cuanto este Tribunal de Control hizo solicitud de las actuaciones para resolver el petitum, en fecha veinticuatro de julio del año dos mil tres (24/07/2003); en fecha veinticuatro de agosto del año dos mil tres (24/08/2003), en fecha nueve de octubre del año dos mil tres (09/10/2003), en fecha nueve de febrero del año dos mil cuatro (09/02/2004), y no es sino hasta el día veinticinco de julio del año dos mil cuatro (24/07/2004) cuando el Ministerio Público se dignó en enviar las actuaciones hasta este Tribunal, motivo por el cual el retardo en la resolución de la presente causa no es imputable a este Tribunal de Control Número Uno, por lo que aclarada tal situación se procede a resolver en los siguientes términos: De la revisión exhaustiva de las actas procesales se puede determinar que efectivamente el ciudadano HUGO ALFONSO GUTIÉRREZ GARCÍA es el legítimo propietario del vehículo anteriormente referido, pues presenta documento fehaciente que acredita tal condición; de igual forma, no existen en las actuaciones ninguna otra persona que reclame tal vehículo o que presente un mejor título, razón por la cual con fundamento en el artículo ___ del Código Civil vigente este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Número Uno del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO MOTO, marca Yamaha, tipo Paseo, color: rojo, modelo: Axis 50cc, año 1997, dos (02) puestos, 75 kgs de peso, usada, serial 3VP-2.995.731, al ciudadano HUGO ALFONSO GUTIÉRREZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad número 8.084.372, comerciante, domiciliado en Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida, y civilmente hábil, por considerar quien aquí decide que dicho ciudadano es el único y exclusivo propietario de dicho vehículo automotor. Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: Se ordena librar boletas de notificación y oficios a los efectos legales correspondientes. Y ASÍ SE DECIDE.


EL JUEZ DE CONTROL NÚMERO UNO


ABOG. RAÚL USECHE PERNÍA


LA SECRETARIA,


ABG. SOBEYDA MEJÍAS CONTRERAS


En fecha ____________ se libraron boletas de Notificación números _____________ y Oficios números ______________.

Sria.