REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 2 de Agosto de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LJ01-P-2001-000068
ASUNTO : LJ01-P-2001-000068
AUTO DE FUNDAMENTACIÓN DEL SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES IMPUESTAS PARA LA SUSPENCIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO.-
Vista la audiencia especial de fecha 29 de julio del año 2004, donde la defensa solicito el sobreseimiento de la causa por el cumplimiento de las condiciones por parte del imputado; este Tribunal Pasa a dictar auto fundado de conformidad con los artículos 45, 48.7, 173, 175, 177 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal y en tal sentido lo hace en los siguientes términos:
EL IMPUTADO
Ciudadano JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.702.674, domiciliado en Chama, Sector Santa Catalina, calle Principal, N° 59-22, Mérida, Estado Mérida.-
DE LOS HECHOS
La representación fiscal imputó al prenombrado ciudadano, la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 deL Código Penal, por cuanto el 28 de julio de 1997, fue aprehendido por funcionarios policiales en las circunstancias de tiempo lugar y modo narradas en el acta policial .
DEL DERECHO
Luego de tramitada la investigación e instrucción de la causa de acuerdo, el Juzgado de Control 3, le otorgó el beneficio de Suspensión Condicional del Proceso, al éste admitir los hechos imputados en fecha 2 de Noviembre de 2000. En tal acto se les impuso las siguientes medidas por un lapso de dos años, a tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del reformado texto legal:
Presentarse cada 30 días
El lapso de régimen es por dos (2) años.-
Abstenerse de participar en riñas y no frecuentar lugares propensos a delinquir.
Ahora bien, luego de verificado por parte de este Tribunal el transcurso del tiempo, el tribunal pasa a revisar el cumplimiento a los fines de dilucidar el régimen de presentaciones, constatando que el prenombrado imputado acreditó en autos las presentaciones que les fueran impuestas en el informe final emanado del delegado de prueba inserto al folio (108) de las actuaciones.
Por otra parte no le consta al Tribunal que sea reincidente en cuanto a hechos delictivos semejantes a los que se les siguió investigación criminal; y actualmente se encuentra domiciliado en donde se le ordeno.
DISPOSITIVA
UNICO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48.7 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano Ciudadano JOSE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.702.674, domiciliado en Chama, Sector Santa Catalina, calle Principal, N° 59-22, Mérida, Estado Mérida; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 deL Código Penal, en perjuicio de CARLOS ARMANDO MUNDARAY PEREZ.- Notifíquese .-
EL JUEZ TEMPORAL DE CONTROL N° 03
ABOG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. YENY VILLAMIZAR
En fecha 29 de julio del 2004 , se notifico bajo el Nros.35965, 63964 y oficio 14.052
Secretaria