PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA
EXTENSION EL VIGIA
Tribunal Penal de Control N° 07
El Vigia, 20 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-S-2004-001607
DECISION No. : 332-04

Visto el escrito presentado por la ciudadana Milagros del Valle Quintero Noguera, en esta misma fecha, mediante el cual solicita de este Despacho resuelva sobre la Entrega de Un vehículo de su propiedad identificado con las siguientes características: Vehículo: Moto; Tipo: Artistic; Marca: Yamaha, Modelo: 1997; Color: Negro; Serial:3KJ-1936274, Motor: 3KJ, Placas: s/p; Capacidad: 2 Puestos, cabe señalar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, dicha petición deberá hacerse ante la respectiva Fiscalía Séptima del Ministerio Público, y en caso de que esta no se pronuncie sobre la entrega, debera a fin de evitar retrasos injustificados, solicitar la entrega del ya mencionado vehículo ante un Juez de Control. Por todo lo antes expuesto Este Tribunal de Primera Instancia de Control No. 07, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONSIDERA INSTAR, a la ciudadana Milagros del Valle Quintero Noguera, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la cédula de identidad No. V- 9.704.900, domiciliada en el Sector la Inmaculada, Avenida 13, con Calle 12, No. 12-04, El Vigía, Mérida, a que solicite la entrega de su vehículo , ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público y en caso de haberlo hecho se sirva informar a este Tribunal a cerca de la solicitud, a fin de resolver lo conducuente, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.Se fundamenta la presente decisión en los artículos 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 2,5,6,311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifiquese de la presente decisión. Cúmplase.


El Juez de Control N° 07

Abog. JOSE GREGORIO HERNANDEZ C.


La Secretaria


Abg. MILAGRO ARANDA