JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida once de Agosto del dos mil cuatro.-
194° y 145°
vista la diligencia de fecha nueve de Agosto del presente año, que obra al folio treinta y nueve del presente expediente, suscrita por la abogada en ejercicio BOLIVIA OTAHOLA, en su carácter de parte intimante en el proceso, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento. En consecuencia este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicho DESISTIMIENTO, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el presente procedimiento de Intimación de honorarios y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. ANTONINO BALSAMO G.



LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NELLY J. RAMIREZ CARRERO

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