GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintitres de Agosto del dos mil cuatro.-
194° y 145°
Visto el escrito que obra agregado a los folios 92 al 95 del expediente, de fecha 28 de Julio del presente año, suscrito por el abogado en ejercicio JULIO CESAR BALZA DAVILA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Número 4.477, en su carácter de parte actora en el proceso y los ciudadanos JOSE VICENTE, MARIA HERMELINDA, LUIS ALBERTO y MARIA FIDELINA MOLINA LOBO, partes demandadas en el proceso, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio LAURA MELISSA CONTRERAS SULBARAN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Número 107.393, mediante el cual celebran una transacción para poner fin al presente juicio. En consecuencia, el Tribunal homologa dicha transacción, impartiéndole a la misma el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se acuerda expedir COPIA FOTOSTATICA CERTIFICADA del escrito de transacción y del presente auto de homologación, se da por terminado el juicio, pero no se ordena el archivo del expediente hasta tanto conste de autos la consignación de los documentos protocolizados en las Oficinas Subalternas de Registro respectivas, donde consten las hipotecas constituidas por la parte demandada a favor del actor, y así se decide.-

EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. ANTONINO BALSAMO G.-






LA SECRETARIA TEMPORAL,

MARIA B. DE AGUILAR.-

En la misma fecha se deja constancia de que no se expidió la copia certificada solicitada y ordenada, en virtud de que la parte interesada no suministró el importe necesario para las copias requeridas, exhortándolo para que lo haga y mediante diligencia en el expediente las consigne a los fines de su certificación conforme lo ordenado. Conste.-

LA SRIA,

B. DE AGUILAR.-


SGR.-