REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LAA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad de Tovar. Tovar, treinta y uno de Agosto de dos mil cuatro.
194 y 145

Por cuanto este Tribunal observa que al momento de darle entrada al presente expediente, se incurrió en el error de admitirse por el procedimiento contemplado en el artículo 76 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimiento del Trabajo, siendo lo correcto el procedimiento Civil, por referirse la apelación a la incidencia de cuestiones previas, en tal virtud, este Juzgado de Primera Instancia Civil, revoca por contrario imperio dicho auto, según lo dispuesto en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil y se admite la apelación contenida en el presente expediente, de conformidad con los artículos 118 y 517 del Código de Procedimiento Civil, se abre un lapso de cinco (05) días para que las partes en el juicio hagan uso del derecho para la elección de asociados, haciéndoles saber que si no hicieren uso de tal derecho, los informes se efectuaran en el décimo día hábil de despacho siguiente al de hoy. Se observa también que fueron remitidas en forma separada por el Tribunal de la causa, copias certificadas señaladas por las partes y se ordenó abrir dos (02) expedientes diferentes signados con los números L: 7.047 y L: 7.048, tratándose de una sola y única apelación, se deja sin efecto el expediente Nro 7.047 ordenándose realizar el desglose de los folios 01 al 28, hecho lo cual agréguese al expediente Nro 7.048, corríjase la carátula y foliatura del presente expediente y hágase las anotaciones y observaciones en el libro diario y de entrada de causas llevados por este Juzgado.

El Juez



Abg. Ismael E Gutiérrez Ruiz.



La Secretaria,


ABG. Sandra Contreras.