GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, cuatro de Agosto de dos mil cuatro.
194º y 145º
Visto el pago hecho por parte demandada, de fecha 03 de agosto de 2004, que obra al folio 102 del presente expediente, y solicita se homologue, se archive el expediente y se concluya el presente juicio. Este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman el presente pago, observa que el mismo no vulnera el orden publico, ni transgrede ninguna disposición legal, y que el mismo no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por consiguiente este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO impartiéndole el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada. Se suspende la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 17 de diciembre de 2.003, sobre un inmueble ubicado en la Av. Las Américas, Res. Bariloche, PB-3, de esta ciudad de Mérida, cuyos linderos y demás especificaciones constan en el documento protocolizado por ante la oficina Subalterna de Registro del Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 22-10-90, bajo el Nº 20, tomo primero del protocolo primero, del cuatro trimestre del citado año. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Se ordena oficiar al Registro Subalterno del Municipio Libertador hoy Registro Inmobiliario del Municipio Libertador del Estado Mérida a los fines de que suspenda la medida decretada por este Tribunal.
LA JUEZ PROVISORIO.
DRA. MARYS XIOMARA ALBARRAN DE OCARIZ
LA SECRETARIA,
ABOG. MARITZA LARES DE VILORIA
EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO Y SE OFICIO BAJO EL Nº________.
SRIA.
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