REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
SALA DE JUICIO EL VIGÍA.
El Vigía, dieciséis de diciembre de dos mil cuatro.
194º y 145º
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: PUENTES BRICEÑO JOSÉ ALEXI, venezolano, mayor de edad, agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.250.044, domiciliado en el Sector el Maporal de la Osa al lado de la escuela casa color azul , El Vigía Estado Mérida, y LÓPEZ LÓPEZ JACQUELINE DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, oficios del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.529.481, domiciliada en las Adjuntas casa S/N. Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, en su carácter de padres de los niños OMITIR NOMBRES, de 10, 8, 6 y 5 años de edad en su orden, por ante la Defensa Pública Décima Primera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida, Extensión El Vigía, quienes conciliaron en Reglamentar EL RÉGIMEN DE VISITAS a favor de los niños OMITIR NOMBRES, de 10, 8, 6 y 5 años de edad en su orden, en los términos siguientes: El padre ciudadano: PUENTES BRICEÑO JOSÉ ALEXI, podrá buscar a sus hijos OMITIR NOMBRES, de 10, 8, 6 y 5 años de edad en su orden, antes identificado, los días viernes a partir de las 4:00 de la tarde y los entregara los días domingos a las 5:00 de la tarde en la casa de la madre y los periodos vacacionales serán compartidos de mutuo acuerdo. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños OMITIR NOMBRES, de 10, 8, 6 y 5 años de edad en su orden, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: PUENTES BRICEÑO JOSÉ ALEXI y LÓPEZ LÓPEZ JACQUELINE DEL CARMEN, en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, de 10, 8, 6 y 5 años de edad en su orden, plenamente identificados en autos, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 0074 de Homologación Régimen de Visita. CÚMPLASE.-
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDGAR ENRIQUE BRAVO R.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NAYARIB MONSALVE UZCATEGUI
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRÍA.
Lyaa/0074.-
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