REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA
EXTENSIÓN EL VIGÍA
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 07.
El Vigía, 22 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2004-000239
DECISION No. : 624 - 04
Por cuanto de las consultas realizadas por vía telefónica a los Circuitos Judiciales Penales de las Circunscripciones Judiciales de los Estados Aragua y Carabobo, a través del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, respecto de cualesquiera medidas privativas de libertad que ante aquéllas Circunscripciones pudieran estar vigentes contra el ciudadano ALVARO ANTONIO ROJAS DAVILA, no se informó que estuviera vigente ninguna medida de privación judicial preventiva de libertad, y como quiera que este órgano jurisdiccional de control, según auto de fecha 16 de los corrientes acordó su LIBERTAD PLENA SIN RESTRICCIONES, en relación con la presente causa, se acuerda su LIBERTAD INMEDIATA Y SIN RESTRICCIONES, a cuyos efectos se ordena oficiar lo pertinente al Ciudadano Director del Centro Penitenciario, Región Andina, con sede en san Juan de Lagunillas, Estado Mérida, a quien se ordena así mismo expedir la correspondiente ORDEN DE EXCARCELACION.-
Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL 07,
ABG. NOEL E. PETIT LEAL
LA SECRETARIA,
ABG. MARYEN MILAGROS ALBARRAN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede, se ofició bajo el N°, ____________y se libró Boleta de Excarcelación N°____________.-
Conste/Stria.
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