REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
El Vigia, 8 de Diciembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2004-000239
ASUNTO : LP11-P-2004-000239
DECISION N ° : 578 - 04


Visto el escrito dirigido por el abogado ARMANDO LA ROTTA AGUILAR, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 65.431, domiciliado en El Vigía, Estado Mérida, recibido a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal en fecha 07 de los corrientes, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos VICTOR RAFAEL SOTO; GABRIEL SEGUNDO BRACHO; ALI RAMON DAVILA; ALVARO ANTONIO ROJAS DAVILA y LUIS ANTONIO BRACHO CUBILLAN, imputados en la presente Causa distinguida bajo el N° LP11-P-2004-000239, y los pedimentos en el mismo contenidos, y visto así mismo el Oficio N° 1467/04 de esta misma fecha, recibido vía fax a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circuito Judicial Penal, emanado de la Presidencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, mediante el cual es requerida la remisión CON LA URGENCIA QUE EL CASO AMERITA, de la causa bajo referencia, se acuerda la remisión de dicha causa a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a cuyos efectos, verifíquese previamente por la Secretaría de este Tribunal el cómputo de días hábiles transcurridos en este órgano jurisdiccional desde el día 07.12.2.004, exclusive, hasta el día de hoy, 08.12.2.004 en que se remite la presente causa, y déjese copia certificada de todas y cada una de las actuaciones que conforman la referida causa, cumplido lo cual, remítase con Oficio.
CÚMPLASE.-

El Juez de Control N° 07,


ABG. NOEL E. PETIT LEAL



La Secretaria,


ABG.