REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01
El Vigia, 7 de Diciembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2004-000047
Corre a los folios 844-845 del presente asunto penal, oficio N° 3084-04 de fecha 24-11-2004, mediante el cual, el Tribunal ordena al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, la remisión de las armas incautadas y decomisadas en la presente causa, es el caso, que cumpliendo con lo ordenado en decisión dictada por el Tribunal Unipersonal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía en fecha 29-10-2004, al hacer referencia a las armas de fuego a destruir mediante su remisión a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA), por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Mérida; este organismo advierte al Tribunal que las armas incautadas y decomisadas en la presente causa, no corresponden a lo ordenado en la decisión dictada por el Tribunal Unipersonal de Juicio N° 01, por cuanto una de las armas se repite dos veces, no obstante, este Tribunal, para verificar las armas incautadas y decomisadas a destruir según la decisión antes mencionada, se traslada a la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias Fisicas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía - Mérida, a los fines de verificar con certeza cuales son las armas decomisadas y experticiadas, a los fines de su destrucción mediante la remisión de las mismas a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional, levantando acta a los mismos efectos, acta que corre al folio 846 y su vuelto, a las presentes actuaciones que corre a la presente causa. Es así, que verificada la presencia de éstas según el acta antes mencionada, el Tribunal ordena oficiar nuevamente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, Mérida, la remisión de las presentes armas de fuego, consistentes en: Un (01) arma de fuego tipo revolver, calibre 38, marca Amadeo Rossi; serial E073555; una (01) bala calibre 38 special; un (01) arma de fuego tipo revolver donde se lee Ivet Jhonson Cadet, calibre 38, serial G30965; un (01) arma de fuego tipo escopeta recortada, calibre 20, marca WINCHESTER, serial 8216; tres (03) cartuchos para escopeta, color amarillo, marca SAGA, calibre 20, con la observación de que las balas, proyectiles y conchas, quedan en el Laboratorio de Criminalística en calidad de depósito para pruebas posteriores. En consecuencia, este Tribunal Penal en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión El Vigía, Administrando Justicia a Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA: remitir las armas de fuego antes discriminadas a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 numeral 1 de la Ley Para El Desarme, oficiando al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, a los fines de su remisión cumpliendo con lo ordenado. Así se decide. Cúmplase.
Juez de Ejecución N° 01
Abog. Carmen Aida Velázquez Maldonado
Secretaria