JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, catorce de diciembre de 2004.
194° y 145°
Visto el desistimiento de la acción, hecho por el abogado en ejercicio EDGAR ALEXANDER MOLINA ANGULO, en su carácter de apoderado de la parte demandante según consta en instrumento poder que obra al folio 04 de este expediente, en el cual tiene facultades para ello, mediante diligencia de fecha 04 de diciembre de 2004, inserta al folio 72 del presente expediente. En consecuencia el Tribunal homologa dicho desistimiento le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil da por terminado el juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Y visto que fue consignado los fotostatos para el desglose ordenado en fecha ocho de noviembre de 2004 de los folios 7 y 8 del presente expediente, hágase el mismo y en su lugar se deja copia certificada de conformidad con el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil se autoriza a la ciudadana Alguacil Titular de este Tribunal para la elaboración y confrontación de los fotostatos, quién estando presente aceptó el cargo y presto el juramento de Ley. Insértese al pie de la certificación el presente auto.
EL JUEZ PROVISORIO

ABG: ANTONINO BALSAMO G.

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. NELLY RAMIREZ CARRERO.