JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. El Vigía, nueve de diciembre de dos mil cuatro.
194 y 145
Vista la diligencia que obra al folio 58 del presente expediente, de fecha 02 de diciembre de 2004, suscrita por el Abogado Rubén Dario Vielma Rey, Inpreabogado número 17.916, con el carácter de autos en el presente juicio, mediante la cual consigna en dos (02) folios útiles, escrito de convenimiento celebrado entre las partes debidamente autenticado por ante la Notaría Pública de la ciudad de Ejido. Estado Mérida de fecha 29 de noviembre del presente año, este Tribunal por cuanto el presente juicio versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la respectiva homologación, le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
EL JUEZ,

ABG. JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,

OMAIRA GUTIERREZ.