REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, veintiséis de Febrero del año dos mil cuatro.-
194 º y 144 º
Visto la transacción suscrita por las partes, plenamente identificadas en autos y que corre inserto a los folios veintisiete (27) al veintiocho (28) del expediente signado bajo el Nº 1.704, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACION del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada se ordena el Archivo definitivo del presente expediente y se da por terminado el presente juicio.- Así mismo se ordena oficiar a la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, a fin de notificarle que la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y de Embargo fue levantada. A su vez, se acuerda expedir por Secretaria copias debidamente certificadas del escrito de dicha transacción y del presente auto, los cuales se encuentran insertos a los folios veintisiete (27) al veintiocho (28) y treinta y uno (31) respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 111 del Código de Procedimiento Civil.- CUMPLASE.---------------------------------------------------
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. YULIO J. SOLÓRZANO R. LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. BLANCA DOLORES UZCATEGUI RODRIGUEZ.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
UZCATEGUI RODRIGUEZ SRIA.-
YS/jm./