REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 29 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LJ01-P-2000-000076
ASUNTO : LJ01-P-2000-000076
AUTO DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA
Visto el cumplimiento de las condiciones por parte del imputado JUAN REGULO DELGADO HERNANDEZ; este Tribunal Pasa a dictar auto fundado de conformidad con los artículos 45, 48.7, 173, 175, 177 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal y en tal sentido lo hace en los siguientes términos:
EL IMPUTADO
Ciudadano JUAN REGULO DELGADO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.434.959, domiciliado en Carvajal, El Filo calle Principal, Av.4, Estado Trujillo.
DE LOS HECHOS
La representación fiscal imputó al prenombrado ciudadano, la comisión de los delitos de POSESIÓN INLICITA DE SUNTANCIAS ESTUPEFACIENTES, CON FINES DISTINTOS AL CONSUMO , previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Especial, por cuanto el 13 de junio de 1999, fue aprehendido por funcionarios policiales en las circunstancias de tiempo lugar y modo narradas en el acta policial
DEL DERECHO
Luego de tramitada la investigación e instrucción de la causa de acuerdo, el Juzgado de Control 3, le otorgó el beneficio de Suspensión Condicional del Proceso, al éste admitir los hechos imputados en fecha 2 de Noviembre de 2000. En tal acto se les impuso las siguientes medidas por un lapso de dos años, a tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del reformado texto legal:
Presentarse cada 30 días
Residir en la jurisdicción
Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes.
Ahora bien, luego de verificado por parte de este Tribunal el transcurso del tiempo, el tribunal pasa a revisar el cumplimiento a los fines de dilucidar el régimen de presentaciones, constatando que el prenombrado imputado acreditó en autos las presentaciones que les fueran impuestas (f 90) .
Por otra parte no le consta al Tribunal que sea reincidente en cuanto a hechos delictivos semejantes a los que se les siguió investigación criminal; ni tampoco hizo la fiscalía del Ministerio Público, y actualmente se encuentra domiciliado en donde se le ordeno.
DISPOSITIVA
UNICO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45, 48.7 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano JUAN REGULO DELGADO HERNANDEZ por la comisión del delito de: POSESIÓN INLICITA DE SUNTANCIAS ESTUPEFACIENTES, CON FINES DISTINTOS AL CONSUMO , previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Especial. Se prescinde de la convocatoria a la audiencia de que trata el artículo 323 eiusdem, por tratarse de un punto de mero derecho.Notifíquese a las partes de la presente decisión
EL JUEZ TEMPORAL DE CONTROL N°03
ABOG.CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. YENY VILLAMIZAR
En fecha ___________se librarón boletas Nros.________________
Secretaria