GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO DEL TRABAJO DE MENORES Y AMPARO CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 13 de julio del 2004.

194° y 145°

Vista la diligencia suscrita por el abogado RAFAEL ESCALONA MARQUEZ, que corre agregada al folio 210 de fecha 12 de julio del 2004, mediante la cual solicita a este despacho la fijación de oportunidad para presentar informes, el Tribunal observa que corre agregado al folio 204, auto de fecha 24 de mayo de 2004, mediante el cual el Juez Accidental informó a las partes la continuación del curso de la causa, al transcurrir los tres días de despacho en caso de existir causal de recusación y que vencido este el Tribunal se avocaría al conocimiento del juicio. Habiendo reiniciado la causa el 31 de mayo de 2004, es desde ese momento cuando continuaba el transcurso del término para presentar informes, que debían ser presentados el 07 de junio de 2004, por lo cual se niega la solicitud formulada por el mencionado abogado, advirtiéndole que la causa se encuentra en estado de dictar sentencia.-

EL JUEZ PROVISORIO.

DR. JUAN LATOUCHE MARROQUI.


LA SECRETARIA.

ABG. MARIA ALEJANDRA PEREZ PEREZ.



Nlgs.