REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, siete (07) Julio de dos
mil cuatro (2.004).-
194° y 145°

Vista la transacción de fecha veintidós (22) de Junio de dos mil cuatro (2.004), que corre inserto al folio sesenta y su vuelto (60 y vio.), del expediente principal signado con el N° 2255; el Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Homologa la transacción, impartiendo el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido con el articulo 256 del Código de procedimiento Civil se da por terminado el presente juicio, y se ordena el Archivo definitivo del Expediente, y vista la diligencia cursante al folio sesenta y uno (61) suscrita por la abogada en ejercicio MARÍA VIRGINIA GONZÁLEZ M. actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YOLANDA MARGARITA SÁNCHEZ DE MUÑOZ, donde solicita sea suspendida la Medida de prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal de fecha 26 de Febrero de 2.004, en consecuencia el Tribunal ordena suspender la medida decretada y se ordena oficiar al Registro. CUMPLASE.----------------------------------------------------------------------
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. YULIO J. SOLORZANO R. LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. BLANCA DOLORES UZCATEGUI RODRIGUEZ
En esta misma fechare cumplió con lo ordenado en el auto anterior. –

UZCATEGUI RODRIGUEZ SRIA.



EXP. No 2255.-
YSR/yo.-