REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, trece de Julio de dos mil cuatro.-
194° y 145°
Vista la anterior diligencia de fecha 26 de Mayo de 2004, en la cual las partes demandante y demandada, deciden poner fin al presente juicio por medio de una transacción, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, con el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se acuerda el desglose de la letra de cambio que corre inserta en el folio 4 y en su lugar déjese copia certificada, hecho lo cual se ordena el archivo del presente expediente.-

LA JUEZ PROVISORIO,



Abog. RORAIMA SOLANGE MÉNDEZ DE M.-

EL SECRETARIO,


Abog. JESÚS ALBERTO MONSALVE.-