GADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintitrés de marzo de dos mil cuatro.-

193° y 145°

Visto el escrito de fecha 22 del presente mes y año, que obra a los folios 295 y 296, primera pieza del presente expediente, presentado por la abogada ELDA SORAYA HILL DÁVILA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante en el presente juicio, ciudadano MEDARDO AUGUSTO JOSÉ NOVOA MEJÍA, mediante la cual promovió posiciones juradas para ser absueltas por las ciudadanas SOR MARÍA JESÚS MORA NEWMAN y ELIA SUSANA CLAMER MEJÍA, este Tribunal niega su admisión, por ser manifiestamente ilegales, en virtud de que la confesión, ya sea espontánea o provocada, está excluida como medio probatorio en los juicios relativos al estado y capacidad de las personas. Así se decide.

El Juez Provisorio,

Daniel Monsalve Torres

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega