REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, treinta y uno (31) de
Marzo de dos mil cuatro (2.004).-
193° y 145°
Visto el convenimiento suscrito por las partes, de fecha dieciocho de Marzo de dos mil cuatro, (18-032.004) y que corre inserto a los folios veintisiete (27) al veintinueve (29), ambos inclusive , del cuaderno de Secuestro librado en el Expediente No 2233, el Tribunal acuerda la HOMOLOGACIÓN del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y vista la diligencia de fecha veinticinco de Marzo del año en curso, que corre al folio veinticuatro (24) y su vuelto, del presente Expediente; se acuerda conforme a lo solicitado, en tal sentido se deja sin efecto el Secuestro que fuera practicado en fecha 18 de Marzo de 2.004, se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo definitivo del Expediente.-CUMPLASE.--------------------------------------------------- EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. YULIO J. SOLÓRZANO R. LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. BLANCA DOLORES UZCATEGUI RODRIGUEZ.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
UZCATEGUI RODRIGUEZ SRIA.-
YS/mb.-
EXP. No 2233.-