REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, treinta y uno de Marzo del año dos mil cuatro.-
193° y 145°
Vista la transacción suscrita por las partes, plenamente identificadas en autos y que corre inserto al folio catorce (14) del expediente signado bajo el Nº 2.250, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACION del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada se ordena el Archivo definitivo del presente expediente y se da por terminado el presente juicio. En consecuencia se ordena levantar la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y se ordena Oficiar al Registro Subalterno del Municipio Campo Elías del Estado Mérida, informándole de lo acordado en este mismo auto, así como también se acuerda la entrega de la Letra de Cambio original a la ciudadana YUDHY MARQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad N° 15.014.613.- Ofíciese.- CUMPLASE.-----------------
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. YULIO J. SOLORZANO R. LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


ABG. BLANCA DOLORES UZCATEGUI RODRIGUEZ.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se oficio bajo el N° 2690- 119.-

UZCATEGUI RODRIGUEZ SRIA.
RECIBI CONFORME

_______________________ UZCATEGUI RODRIGUEZ SRIA
YJSR/jm.-