REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. Mérida, dieciséis de Noviembre del año dos mil cuatro.
194º y 145º
Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia que obra inserta el folio 147 en la cual el ciudadano MEDARDO ENRIQUE CORREA MADRID, identificado en autos, solicita el cierre del presente expediente por cuanto sus dos (02) hijos ya son mayores de edad, y por cuanto se evidencia que los ciudadanos MARGARITA y MEDARDO ENRIQUE CORREA CAAMAÑO, plenamente identificados en autos, ya cumplieron su mayoría de edad, según consta de las copias certificadas de la Partidas de Nacimiento de los referidos ciudadanos, signada con los Nros. 161 y 76, Folios 165 y 80, Años: 1980 y 1978, expedidas por la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida y por la Prefectura Civil del Municipio Autónomo Libertador del Estado Mérida , respectivamente, las cuales obran insertas a los folios 9 y 10 del presente expediente; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA el Cierre del presente Expediente Nº 07447. DEMADNANTE: CAAMAÑO DE RIVAS ORLINDA DEL CARMEN. DEMANDADO: CORREA MEDARDO ENRIQUE. MOTIVO: AUMENTO OBLIGACION ALIMENTARIA. PROCEDENCIA: EXTINTO PRIMERO DE MENORES DEL ESTADO MERIDA. FECHA DE ENTRADA: DIA: 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2003, igualmente se ordena su remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.-
LA JUEZA PROVISORIO DE JUICIO Nº 02.
ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO.
LA SECRETARIA TITULAR.
ABOG. ELSY GUILLÉN RAMIREZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA.
Fcv/07447.-