REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 3 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL: LP01-P-2003-000457
ASUNTO: LP01-R-2004-000291

Visto el escrito presentado en fecha 14-10-2004, por la Abogada JASMIN AURORA DÍAZ GUTIÉRREZ, en su condición de defensora del acusado YUSSTERD ALEXÁNDER MORA MÉNDEZ, mediante el cual desiste formalmente del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 de este Circuito Judicial Penal, por la cual se condena a dicho acusado a sufrir la pena de CUATRO (4) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS; y vista la autorización a dicho desistimiento, expresada ante esta Corte de Apelaciones, por parte del acusado Yussterd Alexánder Mora Méndez, mediante acta de fecha 02-11-2004; considera este Despacho que habiendo dado cumplimiento con este requisito para la procedencia del desistimiento del recurso, y por cuanto en la presente causa se persigue la comisión de un delito de acción pública como es el de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, existiendo una acusación presentada por el Representante del Ministerio Público, en base a la cual falló el Tribunal de Juicio; y tomando en cuenta que la víctima en el presente caso es el Estado Venezolano, representado por el Ministerio Público; esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el desistimiento interpuesto, de conformidad con el Artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se homologa el mismo y SE DECLARA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN. En consecuencia, se ordena la remisión del presente cuaderno de origen, y así se decide.
Cópiese, publíquese y notifíquese.

LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,

DRA. ADA RAQUEL CAICEDO DÍAZ
PRESIDENTA


DR. DAVID ALEJANDRO CESTARI EWING
PONENTE


DR. PEDRO RAFAEL MÉNDEZ LABRADOR


LA SECRETARIA,


ABG. MARIA ALBERTINA SANTIAGO DE PEÑA.

En la misma fecha se libraron Boletas de notificación Números ______-04 _____-04. Se remite constante de _____ folios útiles, va anexa a oficio N° _____-04.



SANTIAGO DE PEÑA...SRIA.



Yazmín