REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 15 de Noviembre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-S-2003-002329
ASUNTO : LP01-S-2003-002329
Visto el escrito presentado por el ciudadano JORGE ANTONIO CONTRERAS DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número 8.024.396, domiciliado en Mérida y civilmente hábil, debidamente asistido de abogado, y en virtud del cual solicita: A) Que se le permita transitar por todo el Territorio Nacional con el vehículo dado en guarda y custodia marca Ford, modelo Fiesta 1.6, año 2001, color blanco, clase automóvil, uso particular, placas JAL-46W, serial carrocería 8YTB901C018A30241, serial de motor 1A30241, B) El desglose de los documentos que corren agregados a los folios números 19,20,21,22,23, ambos inclusive, de las presentes actuaciones, C) Y la posibilidad de presentar el vehículo en un lapso de tiempo mas distante por razones esencialmente laborales, para resolver el tribunal observa, que efectivamente el solicitante ha cumplido con precisión el régimen de presentación del vehículo, lo que lo hace merecedor a que se le tenga consideraciones ya que el mismo es un adquirente de buena fe, por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Judicial Número Uno de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de La Ley DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD FORMULADA POR EL CIUDADANO JORGE ANTONIO CONTRERAS DOMINGEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número 8.024.396, domiciliado en Mérida y civilmente hábil, debidamente asistido de abogado, de que se le permita transitar por todo el Territorio Nacional con el vehículo dado en guarda y custodia marca Ford, modelo Fiesta 1.6, año 2001, color blanco, clase automóvil, uso particular, placas JAL-46W, serial carrocería 8YTB901C018A30241, serial de motor 1A30241, B) Con lugar la posibilidad de presentar el vehículo en un lapso de tiempo mas distante por razones esencialmente laborales, en consecuencia podrá transitar por todo el territorio nacional sin limitación alguna que no sea las impuestas por ley especial de transito, se ordena el desglose de los documentos que corren a los folios 19,20,21,22, 23, y en su lugar se deja fotocopias certificadas de los mismos, y se impone las presentaciones del vehículo marca Ford, modelo Fiesta 1.6, año 2001, color blanco, clase automóvil, uso particular, placas JAL-46W, serial carrocería 8YTB901C018A30241, serial de motor 1A30241, ante este Tribunal una vez cada tres meses todos los días treinta de cada mes (90 días). Y ASI SE DECIDE CÚMPLASE.
EL JUEZ DE PRIMERA INSTACIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO.
ABOGADO RAÚL EDUARDO USECHE PERNÍA.
LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO.
ABOGADA SOBEYDA DEL CARMEN MEJIAS CONTRERAS.
EN FECHA , DE NOVIEMBRE DE 2004, SE LIBRO BOLETAS DE NOTIFICACIÓN DE NÚMEROS _________________________
LA SIRIA.