REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 9 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LK01-S-2002-000012
ASUNTO : LK01-S-2002-000012


Vista la constancia médica que cursa en el folio 275, presentada por la defensa del Imputado FELIPE CONTRERAS GARCÍA, Abg. Jazmín Díaz, el Tribunal se pronuncia de la siguiente manera:

UNICO: Obra en autos constancia de fecha 06-09-2004, suscrita por le medico psiquiatra Alejandro Mata Escobar, adscrito al Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes en la que se acredita, que en la mencionada fecha, asistió a la consulta externa de psiquiatría el paciente FELIPE CONTRERAS GARCÍA, cedula de identidad, N° 15.923.698, en la historia clínica 88.76.58.

De otra parte, observa el Tribunal que en fecha 18-10-2004, mediante auto de mero proceder, se acordó oficiar al jefe del departamento de psiquiatría del Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes, a los fines de que remitiera a este despacho, informe psiquiátrico de evaluación del imputado antes nombrado, para resolver sobre la continuación o suspensión de la causa.

En este sentido, cabe destacar, que la constancia presentada por la defensora del imputado (f. 275) en modo alguno apareja tal informe. Su contenido es incompleto y por tal, no resulta ilustrativo para el Tribunal apoyarse en él y decidir la continuación o no de la causa.

En razón de lo anterior, se ordena por enésima vez y con carácter de urgente recabar un informe psiquiátrico detallado del paciente FELIPE CONTRERAS GARCÍA, ante el departamento de psiquiatría del H.U.L.A, a objeto del Tribunal resolver lo conducente en la presente causa. Ofíciese, cúmplase



El Juez de Juicio N° 2


Abg. José Gregorio Viloria Ochoa







La Secretaria


Abg. Laura Cristina Narváez Riera