REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control N° 01
del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía
El Vigía, 11 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LJ11-S-2002-000192
ASUNTO : LJ11-S-2002-000192

AUTO MODIFICANDO PLAZO DE PRESENTACIONES

Visto el escrito presentado por la Abogada OLIVA VOLCANES, Defensora Pública No. 01 (S) del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, y como tal del ciudadano JAIRO ANTONIO FERIA SIERRA, imputado en la presente causa, mediante el cual solicita le sea ampliado el lapso de presentación acordado por este Tribunal en fecha treinta y uno de Marzo de dos mil dos, consistente en la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el articulo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, con presentaciones periódicas cada quince (15) días, ya que su defendido ha demostrado responsabilidad en el cumplimiento de las presentaciones anteriormente impuestas. El Tribunal en fecha primero de Octubre del presente año acordó solicitar a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, la causa principal para dar respuesta a lo solicitado por la Defensora Pública, la cual se recibió en fecha veinticinco de Octubre de dos mil cuatro y se dictó auto acordando agregar a la causa principal las actuaciones complementarias. En fecha veintiocho de Octubre del presente año, se acordó solicitar mediante oficio al Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal constancia de las presentaciones del referido imputado a partir del día treinta y uno de Marzo del dos mil dos, fecha en que se le otorgó la medida cautelar de presentación periódica, cada quince días por ante este Tribunal, recibiéndose oficio Nº 157 de fecha 05 de Noviembre de 2004 procedente del Alguacilazgo y anexo copias recabadas del Libro de Presentaciones llevadas para tal fin.Este Tribunal, después de hacer una minuciosa revisión a la solicitud observa: Luego de verificar de las copias anexas del Libro de Presentaciones llevados por el Alguacilazgo las cuales obran de los folios 46 al 48 de la presente causa, que el ciudadano JAIRO ANTONIO FERIA SIERRA, ha cumplido con la medida cautelar sustitutiva impuesta por este Tribunal en fecha 31 de Marzo de 2002, consistente en la presentación periódica, cada quince (15) días por ante este Tribunal de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, y en virtud de que el investigado de autos JAIRO ANTONIO FERIA SIERRA ha demostrado responsabilidad en el cumplimiento de las presentaciones anteriormente impuestas. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ACUERDA AMPLIAR EL LAPSO DE PRESENTACION DE QUINCE (15) DIAS A TREINTA(30) DIAS, por ante este Tribunal, al investigado JAIRO ANTONIO FERIA SIERRA, colombiano, mayor de edad, natural de Carcamuchito, Departamento Bolívar, República de Colombia, nacido el 07-09-47, de 54 años de edad, hijo de Luisa Sierra (F) y Miguel Angel Feria (F), vive en unión concubinaria, con 2º grado de educación primaria, Cédula de Identidad Nº E-81759643, residenciado en el Kilómetro 49, vía a Santa Bárbara, casa S/N, Finca El Carmen, vía Los Cañitos, Estado Mérida, contados a partir de la presente fecha. Y ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes: Fiscal del Ministerio Público, Investigado, Defensa y Víctima de la presente decisión.
DADA, FIRMADA, SELLADA y REFRENDADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO DE CONTROL Nº 01. DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGÍA. En El Vigía, a los once días del mes de Noviembre de dos mil cuatro. Años 194º de la Independencia y 145º de la Federación.

LA JUEZ DE CONTROL No. 01

ABG. JOSEFA CASTELETTI DE MORA

LA SECRETARIA,

ABG. CARMEN GARCIA SAMANIEGO.