GADO SUPERIOR PRIMERO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO, MENORES, ESTABILIDAD LABORAL Y AMPARO CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cinco (05) de Noviembre de dos mil cuatro (2004).

194º y 145º

Vista la solicitud formulada por el abogado HADE HENRY MARIN ECHEVERRIA, que corre al folio 583, de fecha tres de noviembre de dos mil cuatro (03-11-04), de constituir el Tribunal con asociados, este Despacho observa: que la norma contemplada en el artículo 118 de Código de Procedimiento Civil es clara al establecer… “podrá cualquiera
de las partes pedir… la llegada del expediente en el Tribunal Superior que se elijan dos asociados para que unidos al Juez o a la Corte, formen el Tribunal”. Tal disposición impone a las partes actuar conforme, inmediatamente de que sea recibido el expediente por el Tribunal de Alzada, situación que se produjo en fecha veinte de septiembre de dos mil cuatro (2004), ante el Juzgado Superior Segundo cuando se fijó la oportunidad para el acto de informes, y se les indicó a las partes cuando podrían solicitar constitución del Tribunal con asociados. Al no constar en autos solicitud de partes para la constitución del Tribunal con asociados, cuando correspondía, pues según computo recibido de ese despacho en comunicación agregada al folio 531, precluyó la oportunidad para hacerlo, es por lo se niega la solicitud formulada; y en relación con la solicitud expuesta por los abogados HADE HENRY MARIN ECHEVERRIA y BEATRIZ SANCHEZ HERNANDEZ que corre al folio 535; este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado suspender la presente causa por un lapso de quince (15) días consecutivos, contados a partir del tres de noviembre de dos mil cuatro (03-11-04) hasta el diecisiete del mismo mes y año (17-11-04) ambas fechas inclusive.

EL JUEZ PROVISORIO,
DR. JUAN LATOUCHE MARROQUI
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA ALEJANDRA PEREZ PEREZ