REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, quince de noviembre de dos mil cuatro-
194° y 145°
Visto el escrito solicitud suscrito por los Abogados LILIANA M. VIVAS C. NESTOR E. CARRERO P. y YANELIS C. DUQUE E. , quines actúan con el carácter de Consejeros de Protección del niño y del Adolescente del Municipio Zea del Estado Mérida, asistiendo a los ciudadanos: BIANCA KARINA CONTRERAS RUJANO Y JEAN CARLOS VAZQUEZ , padres del niño, BRAGTH SMITH VAZQUEZ CONTRERAS , quienes convinieron en reglamentar la obligación alimentaría a favor de la adolescente en los términos y condiciones establecidos en el acta levantada por ante el ya nombrado Consejo de Protección del Niño y del Adolescente en fecha 27 de septiembre de dos mil cuatro , la cual se encuentra anexa al presente escrito al folio 03, este Tribunal en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con el artículo 375 de la ley Orgánica de Protección del Niño y del adolescente HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, hecho por los padres, del niño: BRAGTH SMITH VAZQUEZ CONTRERAS. A tales efectos expídase por la secretaria de este Tribunal copias fotostáticas certificadas de la sentencia y entréguese al interesado y archívense la presente solicitud. Déjese constancia en el libro diario de este Tribunal.
EL JUEZ
ABG, Ismael Gutiérrez Ruiz
La secretaria
Abg. SANDRA CONTRERAS