JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Lagunillas, Once de Noviembre de dos mil cuatro.
194° y 145°

VISTO.- El Convenimiento suscrito por los ciudadanos PUENTES TORO EDGARDO MANUEL Y ZERPA DIAZ GREWINS PAOLA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en San Benito, calle Diego Izarra, N° 49 y San Benito de esta población de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, titulares de las cédulas de identidad Nos. 16.199.177 y 15.640.539 ,respectivamente; por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, Municipio Sucre del Estado Mérida en fecha (25) de Febrero del dos mil cuatro, quienes en su condición de padres del niño EDGARDO MANUEL PUENTE ZERPA, de dos (2) años de edad, convinieron voluntariamente en lo siguiente: El padre ciudadano PUENTES TORO EDGARDO MANUEL , ofreció fijar la OBLIGACION ALIMENTARIA a favor de su hijo, en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) , los cuales se comprometió a pagar mediante deposito bancario. Así mismo establece dos bonos para los meses de Septiembre y Diciembre de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000, oo) cada uno, los cuales pagará de la misma manera, Igualmente se compromete a darle las medicinas y gastos médicos; además dicha obligación alimentaría tendrá un ajuste anual del veinte por ciento (20%). La madre ciudadana ZERPA DIAZ GREWINS PAOLA, estuvo conforme con el ofrecimiento hecho por el ciudadano PUENTES TORO EDGARDO MANUEL. En consecuencia teniendo ésta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño por cuanto contiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En tal virtud, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERÍDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el Convenimiento suscrito por las partes ciudadanos PUENTES TORO EDGARDO MANUEL Y ZERPA DIAZ GREWINS PAOLA, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño EDGARDO MANUEL PUENTE ZERPA , dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ PROVISORIO,
ABOGADA, NERY DEL SOCORRO H. DE VEGA.

LA SECRETARIA TIT,
ABOGADA, MILAGRO COROMOTO PICON.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sria,
Picón