REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 26 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2004-000624
ACTA DE INHIBICIÓN
En esta misma fecha 26 de octubre de 2004, presente en la sede del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, compareció ante la Secretaría de este Tribunal la ciudadana ABOG. DOANA RIVERA HERRERA, Juez Suplente Especial a cargo del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01, quien expuso: “ En fecha 06 de septiembre de 2004, conocí como Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 de la Sección Penal de Adolescentes de este mismo Circuito Judicial, la presente causa, la cual fue remitida a este Tribunal por declinatoria de competencia; en celebración de Audiencia de Flagrancia, el Tribunal de Control a mi cargo, declaró la aprehensión flagrante del ciudadano YOHAN RAFAEL NAVA RAMIREZ, quien en dicha oportunidad fungía como adolescente, pues no poseía documento de identidad alguno. Así mismo, el Tribunal impuso, como medida cautelar la privación de libertad al mismo imputado y a los adolescentes que le acompañaban, acordando la aplicación del procedimiento abreviado, todo lo anterior, por encontrarlos incursos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO; razón por la cual esta Juzgadora considera que ha emitido opinión en la presente causa; encontrándose incursa en una de las causales establecidas en el artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente la contenida en el numeral 7, por lo cual procedo a INHIBIRME de conocer como Juez de Juicio N° 01, pues tal situación me aleja de actuar con imparcialidad y celebrar los actos propios de la fase de juicio oral; por lo cual se debe remitir la presente incidencia a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial para la consulta de ley. Terminó, se leyó y conformes firman LA JUEZ SUPLENTE DE JUICIO N° 01 (fdo) ABOG. DOANA RIVERA HERRERA SELLO EN TINTA DEL JUZGADO DE JUICIO N° 01, LA SECRETARIA (fdo) ABOG. ANA ANDRADE. " Procédase a la redistribución de la presente causa entre los restantes Tribunales de Juicio. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ (S) DE JUICIO N° 01
ABG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA
ABOG. ANA ANDRADE
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