REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 8 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000522
ACTA DE INHIBICIÓN
En esta misma fecha 08 de octubre de 2004, presente en la sede del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, compareció ante la Secretaría de este Tribunal la ciudadana ABOG. DOANA RIVERA HERRERA, Juez Suplente Especial a cargo del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 01, quien expuso: “Por cuanto en fecha 20 de octubre de 2003, conocí como Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 06, la presente causa en celebración de Audiencia Preliminar donde el Tribunal a mi cargo admitió totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano TIRSON PARRA, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, causa signada con el N° LP01-P-2003-522, provente del Tribunal de Control N° 06, admitiendo igualmente las pruebas ofrecidas, decidiendo en ese acto mantener la medida cautelar a la cual se encontraba sometido, dictando en Auto de Apertura a Juicio Oral y Público, razón por la cual esta Juzgadora ha emitido opinión en la presente causa encontrándome incursa en una de las causales establecidas en el artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente la contenida en el numeral 7, por lo cual procedo a INHIBIRME de conocer como Juez de Juicio N° 01, Tal situación me aleja de actuar con imparcialidad y celebrar la Audiencia de juicio oral pautada para celebrase en fecha 13 de octubre de 2004; por lo cual se debe remitir la presente incidencia a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial para la consulta de ley. Terminó, se leyó y conformes firman LA JUEZ SUPLENTE DE JUICIO N° 01 (fdo) ABOG. DOANA RIVERA HERRERA SELLO EN TINTAL DEL JUZGADO DE JUICIO N° 01, LA SECRETARIA (fdo) ABOG. ANA ANDRADE. “Precédase a la redistribución de la presente causa entre los restantes Tribunales de Juicio. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ (S) DE JUICIO N° 01
ABG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA
ABOG. ANA ANDRADE
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