REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 11 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000078
ASUNTO : LP01-P-2003-000156
Vista la solicitud hecha por el Abg. Ciro Peña Avendaño en su carácter de defensor del penado Jose Esteban Segura Colina tal como consta al folio 32 del cuaderno contentivo de la apelación, en el cual textualmente expresa: "...solicito igualmente le sea otorgada una medida innominada a mi representado consistente en la suspensión de la orden de aprensión (sic) de su persona (José Esteban Segura Colina) hasta que sea resuelta la apelación propuesta..." este Tribunal acuerda expedir copia certificada de dicho escrito contentivo de tal solicitud para lo cual se autroriza a los fines de su expedición y certificación a la Abg. Fabiola Quintero, en su carácter de secretaria del Tribunal y agregarla al expediente principal, esto con el fin de que el Tribunal se pronuncie sobre la medida solicitada y así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez de Ejecución N° 2
Abog.Auxiliadora Arias de Caraballo
La Secretaria
Abg. Fabiola Quintero