REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

Tribunal Penal de Control
El Vigia, 11 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-S-2004-002307
ASUNTO : LP11-S-2004-002307


AUTO PROVEYENDO SOLICITUD DEL MINISTERIO PUBLICO

Vista la petición que mediante escrito recibido a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal Extensión El Vigía de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida dirige el abogado JAIRO CHACON RAMIREZ, en su carácter de Fiscal Provisorio Décimo Séptimo de Proceso del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en la cual solicita de este órgano jurisdiccional de control la expedición de ORDEN DE ALLANAMIENTO a ser practicada en las direcciones señaladas en dicha solicitud, por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub-Delegación El Vigía, a los fines de darle oprtuna y adecuada respuesta a la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir, OBSERVA:
Con la solicitud que motiva esta decisión, acompaña la representación Fiscal:
1. Acta de Investigación Penal de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Inspector Jefe ALEXIS PEÑA, adscrito a la Sub-Delegación El Vigía del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, dá cuenta de haber recibido llamada telefónica mientras se encontraba en la sede del despacho policial, de parte del funcionario Age TONY DIAZ, credencial N° 26.989, adscrito a la Sub-Delegación Mérida, informando el ingreso en horas de la madrugada de ese día en el Hospital Universitario de los Andes, del cuerpo sinvida del ciudadano de nombre ORLANDO REYES,de 33 años, procedente de esa jurisdicción, presentando una herida por arma de fuego, en la región frontal, con exposición de masa encefálica, sin orificio de salida, desconociéndose más datros al respecto, dándosele inicio a la apertura de la investigación signada acon el n° G-822.001, por uno de los delitos Contra Las Personas.
2. Acta de Investigación Policial S/N, de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Inspector Reinaldo Ramírez, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas,SUb-Delegación El Vigía.
3. Acta de Inspección N° 1093, suscrita por los funcionarios Inspector REINALDO RAMIREZ SERRANO y Agente LUIS ERNESTO LABRADOR, adscritos al Cuerpo de Investigacioones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
4. Memorandum N° 9700-230-0-5329, de fecha 03.10.2004, suscrito por el Abg. ADELSO PORTILLO LINARES Comisario Jefe de la Sub-Delegación El Vigía del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
5.Acta de Investigación Penal S/N, de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Inspector REINALDO RAMIREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Cient´ficas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
6. Acta de Investigación Policial S/N, suscrita por el funcionario Inspector REINALDO RAMIREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
7. Acta de Entrevista Policial S/N, de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Agente LUIS ALBERTO MARQUEZ VIVAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
8. Acta de Investigación Penal S/N, de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Inspector REINALDO RAMIREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
9. Acta de Entrevista Policial S/N, de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Agente LUIS ALBERTO MARQUEZ VIVAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
10. Acta de Investigación Penal S/N, de fecha 03.10.2.004, suscrita por el funcionario Inspector REINALDO RAMIREZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía.
Analizadas las actas acompañadas por la representación fiscal a los fines de sustentar su petición se infiere:
Que como presuntos autores o partícipes de los hechos investigados aparecen señalados un ciudadano al que llaman "ROGELIO", y otro ciudadano al que apodan "EL ZAMURO".
Que el referido "ROGELIO", reside en un lugar señalado por el Ministerio Público y en las actas acompañadas como "...una casa de color verde, con rejas y puertas metálicas de color vino tinto, casa sin número, ubicada en la calle principal del barrio Las Playitas..", y la casa del ciudadano mencionado como "EL ZAMURO", ubicada en el mismo sector, aparece señalada en las mismas actas como "...casa sin número, paredes de bloque sin frisar..."
Que mediante la ORDEN DE ALLANAMIENTO solicitada, el órgano de investigacioones penales se propone el fin de ubicar alguna evidencia de interés criminalístico que guarde relación con el caso que se investiga, ya que esas personas figuran como autores materiales en la presente causa, siendo en tales circunstancias procedente autorizar mediante la correspondiente ORDEN DE ALLANAMIENTO, la práctica del registro de los señalados inmuebles, el cual será efectuado por una Comisión al mando del Inspector REINALDO RAMIREZ y el Agente LUIS MARQUEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, quienes deberán realzar tales diligencias en presencia de dos testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación con la policía. Así mismo, si el (los) imputado (s) se encontraren presente (s), y no está su defensor, se pedirá a otra persona que asista. Bajo esas formalidades, deberán los funcionarios actuantes levantar un acta.ASI SE DECIDE.
CÚMPLASE.

EL JUEZ DE CONTROL N° 07,


Abg. NOEL E. PETIT LEAL

LA SECRETARIA,




















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA1

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA..JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE TRIBUNAL DE CONTROL N° 07

El Vigía, 10 de Octubre de 2.004
194° y 145°


ORDEN DE ALLANAMIENTO

SE HACE SABER:

Al ciudadano mencionado como "ROGELIO", en su condición de ocupante de un inmueble descrito en la solicitud presentada por el Ministerio Público como "...una casa de color verde, con rejas y puertas metálicas de color vino tinto, casa sin número, ubicada en la calle principal del barrio Las Playitas..", El Vigía, Estado Mérida, que este Tribunal por auto de esta fecha, dictado en la presente investigación signada bajo el N° LP11-S-2004-002307, AUTORIZÓ el registro del señalado inmueble, a ser realizado por una Comisión al mando del Inspector REINALDO RAMIREZ y Agente LUIS MARQUEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, con el fin de de ubicar alguna evidencia de interés criminalístico que guarde relación con el caso que se investiga, quienes deberán realizar tales diligencias en presencia de dos testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación con la policía. Así mismo, si el (los) imputado (s) se encontraren presente (s), y no está su defensor, se pedirá a otra persona que asista. Deberán así mismo, en todo caso, los funcionarios actuantes respetar los derechos humanos de cualesquiera poersonas que se encontraren en el interior del inmueble a registrar. Bajo esas formalidades, deberán los funcionarios actuantes levantar un acta.
La presente ORDEN DE ALLANAMIENTO tendrá una duración de siete (07) días, contados a partir de la notificación de la misma a la autoridad policial autorizada.

EL JUEZ DE CONTROL N° 07,



Abg. NOEL E. PETIT LEAL