REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
REPUBLICA BOLIVARIANA DE DE VENAZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCION No. 01
SECCION DE ADOLESCENTES
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
Mérida, veintiuno (21) de octubre del 2004
194 y 145
CAUSA: E1- 236-04
ASUNTO: solicitud de documento
ADOLESCENTE: se omite el nombre.
DEFENSA: Yasmina Pérez de Jesús
FISCAL 12ma del Ministerio Publico Doris Rojas
VISTO. Fijada la fecha para la audiencia, verificada la presencia de las partes se da apertura al acto, considerando importante oír al adolescente por un presunto incumplimiento de conformidad con el articulo 80 y 542 de la ley Orgànica para la protección del Niño y del adolescente pedimento que también fue efectuado por la defensa tal como riela a los folios (187 y188). El representante del adolescente manifiesta que actualmente se encuentra domiciliado en la ciudad de Barinas, “yo me lleve al muchacho porque aquí me lo estaban amenazando y también para que saliera del vicio que tenia, yo lo tengo hace dos meses y hasta los momentos no ha fumado ni cigarrillos. Yo hable con la trabajadora social y me entregó los papeles para que estudiara en Barinas. El aquí no se va a recuperar ya que sale y consigue a los compañeros que son viciosos y lo amenazan, yo lo puedo presentar ante el tribunal de Barinas. Yo pienso quedarme definitivamente en Barinas. La defensa pide el derecho de palabra y manifiesta que el padre del adolescente esta residenciado en Barinas en la Finca San Benito, ubicado en el sector Burburata vía Obispo y de conformidad con lo establecido en el articulo 621 y 629 de la ley Orgànica para la protección del Niño y del adolescente solicita que el adolescente cumpla en dicha ciudad.
Este tribunal en funciones de ejecución No 01 de sección de adolescentes del circuito judicial penal del Estado Mérida , de conformidad con el articulo 78 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 629, 631 letra “a” 647 letra “e”, 8 letra b, c y el 13 de la ley orgànica para la protección del Niño y del adolescente y 77 del código Orgánico Procesal Penal Administrando justicia en nombre de la Republica por autoridad de la ley, acuerda: Se ordena consignar a la mayor brevedad posible constancia de residencia del adolescente cuya identidad se omite , titular de la cédula de identidad No.17.895.180 y su representante legal Marcos Evangelista Valero, emitida por un funcionario Publico. Una vez consignada dicha constancia el tribunal se pronunciara con respecto al pedimento de la defensa que riela al folio (199) de las actuaciones . Notifíquese a la fiscal del Ministerio Publico y defensa. Diarícese, regístrese, cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA EN FUNCIONES DE EJECUCION
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA
FANNY VERGARA