JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DELE ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad. Tovar, veinte (20) de octubre de dos mil cuatro (2004).-

194º y 145º

Vista la solicitud que da inicio a las presentes actuaciones, así como el justificativo promovido y evacuado por ante la Notaría Pública Segunda del Estado Mérida, en fecha: 8 de octubre de 2004 y cumplidas como han sido las formalidades de ley al respecto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, TITULO SUPLETORIO AD-PERPECTUAM MEMORIA, para asegurarle a la ciudadana MARÍA LORENZA M viuda DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad No. 655.299, domiciliada en la parroquia del Municipio Libertador del Estado Mérida, que es ella la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA DEL CAUSANTE: JOSÉ OSWALDO RIVAS MUÑÓZ, quien falleció el día: 18 de marzo de 2004, en el Hospital Universitario de los Andes de la ciudad de Mérida, según se desprende del acta de defunción inserta por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida bajo el No. 328, folio 206. Quedan a salvo los derechos de terceras personas, déjese constancia de lo actuado en el libro diario de este despacho y copia fotostática simple de lo actuado en el archivo de este tribunal, entréguese original al interesado.-

EL JUEZ Temporal,

Abg. EULOGIO SÁNCHEZ C.

LA SECRETARIA,

Abg. SANDRA L. CONTRERAS.

En la misma fecha se anotó en el libro de solicitudes bajo el No. 138.-

LA SECRETARIA,


Abg. SANDRA L. CONTRERAS.