GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, VEINTISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO.
194º Y 145º
Vista la transacción celebrada en diligencia de fecha 21 de octubre de 2004 suscrita por los ciudadanos Olga Escalante Martínez, parte demandada, con su apoderado judicial abogado Jesús Agustín Bastardo González, por una parte y por la otra el abogado Antonio Ramón Peñaloza Suárez, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos Gloria Coromoto Cañas de Guerrero y Arnulfo Guerrero Molina, parte demandante en el presente juicio, plenamente identificados en autos, este Tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la respectiva homologación, le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio., expídase por Secretaría copia certificada de la presente transacción y del auto que la homologue a fines legales, de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. NORIS C. BONILLA V.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
OMAIRA GUTIERREZ.
Rq.
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