REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 14 de Septiembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-S-2004-003299
ASUNTO : LP01-S-2004-003299


Visto el escrito introducido en el día de hoy 14 de septiembre del año 2004, por el abogado YOVANNY ORLANDO RODRIGUEZ MOLINA, en representación del ciudadano NELSON RAMON ALTUVE RIVAS, donde solicita conozca de la solicitud de vehículo propiedad de su mandante y solicita se sirva solicitar la causa LP01-S-2004-3306, al Tribunal de Control N°01, por cuanto el tiene conocimiento ya que en la causa LP01-S-2004-3299, negó colocar el vehículo en cuestión a la orden del fisco nacional, por lo tanto pide que este Tribunal decida la solicitud de entrega de vehículo y sea entregado en guarda y custodia a su mandante, este Tribunal de Control N° 03 de conformidad con el 173 de Código Orgánico Procesal Penal pasa a resolver lo siguiente:
DECISIÓN
En consecuencia, el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, señala: Después del análisis minucioso a la presente causa y visto que la presente solicitud realizada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, signada con el N° LP01-S-2004-3299, fue decidida y en cuanto la relazada por el abogado YOVANNY ORLANDO RODRIGUEZ MOLINA, en representación del ciudadano NELSON RAMON ALTUVE RIVAS, ante este Tribunal es diferente, es decir el juez natural es otro, por cuanto la conoce es el Tribunal de Control 01, por distribución del sistema juris 2000, le fue asignada con el N° LP01-S-2004-3360, la cual debe ser decidida por el ciudadano Juez que preside ese Tribunal ya que le correspondió conocer de la misma, debiendo esperar la decisión que emita ese Tribunal, en tal virtud, NIEGA LA SOLICITUD del abogado YOVANNY ORLANDO RODRIGUEZ MOLINA, en representación del ciudadano NELSON RAMON ALTUVE RIVAS, de solicitar la causa LP01-S-2004-3306, al Tribunal de Control N° 01, y que este Tribunal decida la solicitud de entrega de vehículo que conoce el ciudadano Juez de Control 1, tomando una decisión, en cuanto a que ordene sea entregado el vehículo en guarda y custodia a su mandante, por este Tribunal de Control N° 03. Y así se decide. Notifíquese al solicitante.

El JUEZ DE CONTROL N° 03

ABOG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO

LA SECRETARIA

ABOG. YANIRA LOBO