GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO, DE MENORES Y DE AMPARO CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, a los veinte (20) días del mes de septiembre de dos mil cuatro (2.004).-
194° y 145°
Visto el anuncio de recurso de casación formulado por la abogada en ejercicio Luz Marina Guerrero Chacón, en su carácter de apoderado de Platanera Los Castaños S,R.L, parte demandada en el presente juicio, contra la decisión dictada por este Tribunal en fecha veintitrés de mayo del año dos mil tres (23-05-2003), por cuanto la cuantía requerida para oír el recurso en la fecha de la decisión era la cantidad de Tres Millones de Bolívares (Bs. 3.000.000,oo), no siendo aplicable la nueva cuantía establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia por cuanto la sentencia fue dictada durante la vigencia de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y bajo el régimen de cuantía establecido por el propio Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, remítase el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y certifíquese por Secretaria los días de despacho trascurridos desde la fecha en que conste en autos la última notificación de las partes, exclusive, hasta completar los diez (10) días de despacho concedidos para el Anuncio del Recurso de Casación conforme a lo acordado por el Tribunal en auto de fecha diez de agosto del dos mil cuatro (10-08-2004).-
El Juez Temporal,
Dr. ABDON SANCHEZ NOGUERA
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA ALEJANDRA PEREZ PEREZ
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