JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, ocho de Septiembre de dos mil cuatro.------------------------------------------------------------------------------
194° y 145°
Vista la diligencia suscrita por las partes de fecha veinte de Agosto del dos mil cuatro, inserta al folio 63 y vuelto del presente expediente, mediante la cual ambas partes hicieron un convenimiento y solicitan al Tribunal se homologue el mismo, pero que no se de por terminado el Juicio. En consecuencia el Tribunal homologa dicho convenimiento le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, todo de conformidad con el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil no da por terminado el juicio ni se ordena el archivo del presente expediente, ni de los cuadernos separados de medida, hasta tanto conste de autos el cumplimiento total de la obligación. Déjese copia del presente auto en los cuadernos de medida.-
LA JUEZ TEMPORAL

ABG: IRVING TIBAIRE ALTUVE D.






LA SECRETARIA TITULAR

ABG: NELLY RAMIREZ CARRERO.-

Yns.-