JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIP-CION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, seis de septiembre del dos mil cuatro.

194º y 145º

Vista la transacción judicial efectuada por el ciudadano ELADIO ECHAVEZ GALABAN, parte deman-dante, asistido por la abogada REINA COROMOTO CHACÓN GOMEZ; y la empresa AGROPECUA-RIA SAN MATEO C.A., representada por el ciudadano ENDER ENRIQUE PAZ CASTRO, asistido por el abogado MARDUAN ABUL HUSEN BLANCO, mediante escrito de fecha 25 de agosto de 2004, en la cual el demandante, declara que recibe la cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL (Bs. 2.300.000,oo), en dinero efectivo y moneda de legal circulación en el país, monto este que com-prende las prestaciones sociales reclamadas, el Tribunal de conformidad con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 255 y 256 del Có-digo de Procedimiento Civil, homologa dicha transacción impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y el Tribunal se abstiene de ordena el archivo del expe-diente hasta tanto no conste en auto los despacho de prueba de los Tribunales comisionados. Así se decide.

El Juez Provisorio.,


Dr. José Francisco Méndez Cepeda.


La Secretaria,


Margarita Guzmán Contreras


Expediente Nº 2795.
Mfcho.