REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, ocho de septiembre de dos mil cuatro.-
194º y 145º

Vista la anterior diligencia en la cual la parte demandante desiste del procedimiento, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y le da el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derecho disponible, se suspende la medida de Secuestro decretada y se ordena el archivo del expediente.

EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


ABG. JORGE ALEJANDRO CARDENAS MORA.

EL SECRETARIO


ABG. JESUS ALBERTO MONSALVE.