TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 03. Mérida, trece (13) de Abril del año dos mil cinco.

194º y 146º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: SILVIA ZAMBRANO y ARMANDO ROJO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. V-10.108.831 y V-8.026.961, domiciliados la primera en Zona Industrial “Los Curos”, Galpón Nº 11, Municipio Libertador del Estado Mérida y el segundo en el Sector El Entable, Vereda 21, Casa Nº 24, Los Curos, Mérida, Estado Mérida, por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Mérida; quienes conciliaron en relación al establecimiento del Régimen de Visitas a favor de sus hijos, los niños: OMITIR NOMBRES, venezolanos, actualmente de siete (07), seis (06) y cuatro (04) años de edad, en su orden, en los siguientes términos: El padre compartirá con sus hijos a partir de las 4 de la tarde de Lunes a Viernes, en el hogar del padre y la madre los recogerá en este hogar después de las 6 de la tarde, cuando salga de su trabajo. Los días sábados y Domingos los niños permanecerán con el padre en horas del día, tomando en cuenta que los días Domingos los retornará a su hogar materno en horas del mediodía para que compartan con su mama los Domingos en la tarde. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños: OMITIR NOMBRES, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: SILVIA ZAMBRANO y ARMANDO ROJO TORRES, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños: OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 11625 de Homologación Régimen de Visitas. CÚMPLASE.-----------------

LA JUEZA PROVISORIO DE JUICIO Nº 03


ABOG. YOLANDA DEL C. VIVAS GUERRERO


LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.


La Sría.
dms/11625.-