TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01. Mérida, trece de Abril del año dos mil cinco.
194º y 146º
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos MARIO JOSE PEÑALOZA CORDERO y LUSBETH COROMOTO SOTO DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, solteros, Vendedor y Estudiante, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.013.850 y V-13.790.898, respectivamente, residenciados en Sabaneta, Calle Primero de Mayo, casa N° 19, Sector Wilfrido Omaña y Calle El Mirador, Las Colina, Casa N° 13-70, Municipio Tovar del Estado Mérida, por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, Municipio Tovar del Estado Mérida, en fecha veintinueve (29) de Octubre del año dos mil cuatro; quienes en su condición de padres de los niños Omitir Nombres, de ocho (08) años y diez (10) meses de edad actualmente, en su orden, establecieron el siguiente Régimen de Visitas: El Padre ciudadano MARIO JOSE PEÑALOZA CORDERO, podrá visitar a sus hijos todos los fines de semana, más todos los días, podrá compartir con sus hijos e inclusive según acuerdo entre ambos padres, podrá llevar a su residencia a los niños para que pasen algunas noches con él. En cuanto a las vacaciones escolares de navidad, fin de año y otras, las partes manifiestan acordarlas de mutuo acuerdo, debido a que el padre no tiene estabilidad en cuanto a sus sitios de trabajo. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario benefician a los niños por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos MARIO JOSE PEÑALOZA CORDERO y LUSBETH COROMOTO SOTO DUGARTE, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños Omitir Nombres, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.------------
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01.
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ELSY GUILLEN RAMIREZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.-
Fcv/11743.-
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