REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
En horas de despacho del día de hoy veintisiete (27) de Abril del año dos mil cinco, siendo las diez de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal para que tenga lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO DEL PROCESO, se abrió el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil en las Puertas del Tribunal. No se encuentra presente la Parte Demandante ciudadana YELI LEXAIDA MONCADA URBINA, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial. No se encuentra presente la parte demandada ciudadano CARLOS EDUARDO ARAQUE ORTEGA, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial. Se encuentra presente la ciudadana Fiscala Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ABOG. YVONNE RANGEL VELÁSQUEZ, quien solicito el derecho de palabra, y concedido como fue la misma expuso: En vista de que la parte actora no compareció a este PRIMER ACTO CONCILIATORIO, solicito respetuosamente al Tribunal se sirva declarar extinguido el proceso de conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Es todo. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Extinguir el proceso en el presente expediente Nº 11280. Demandante: MONCADA URBINA YELI LEXAIDA; Demandado: ARAQUE ORTEGA CARLOS EDUARDO, Motivo: DIVORCIO; Fecha de Entrada: 10-01-2005, de conformidad con lo previsto en el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.-----------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO DE JUICIO Nº 03
ABOG. YOLANDA DEL C. VIVAS GUERRERO
LA FISCALA NOVENO DEL MINISTERIO PUBLICO
ABOG. YVONNE RANGEL VELÁSQUEZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS
Dms/11280-