REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL Nº 03. MÉRIDA, VEINTIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL CINCO.------------------------------------------------------------------------


195º y 146º


Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia que precede al presente auto, en la cual se acordó la entrega de la adolescente OMITIR NOMBRE, a sus familiares de origen, y en la misma se ordeno el cierre y archivo del presente expediente; en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA Y ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de MEDIDA DE PROTECCIÓN, signada con el Nº 05659, SOLICITANTE: FISCALIA NOVENA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO MÉRIDA, FECHA DE ENTRADA: 02 de Octubre de 2.002, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.---------------------------------------

LA JUEZA PROVISORIO Nº 03


ABOG. YOLANDA DEL CARMEN VIVAS GUERRERO



LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ANA LEONOR PEÑA ROJAS


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.

LA SRIA.

Jaa
EXP. 05659