REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinticinco de abril de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: LH21-L-2002-000018

ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2002-000018
PARTE ACTORA: DORIS ARIAS DE SÁNCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZÁLEZ, MARIA ELENA LARA MARCANO y MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT POR ESTAS CALLES DE CLAUDIA DEL SOCORRO MARTINEZ MARTINEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR RAMON SOSA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.026.334 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.839
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


En el día hábil de hoy lunes veinticinco (25) de abril del año dos mil cinco (2005), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m) día y hora fijada por este Tribunal, para llevar a efecto la celebración de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se anunció el acto previo pregón de ley dado por el alguacil, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, se deja constancia de la presencia del apoderado judicial de la parte demandada Oscar Ramón Sosa Rojas, ya identificado, razón por la cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION, déjese copia fotostática certificada de la misma. Años: 195º de la Independencia y 146° de la Federación.

LA JUEZA,
ABG. MARIANA APONTE QUINTERO


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA
ABG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO.

En la misma fecha siendo las 11:00a.m., se publicó la anterior decisión y se dejó la copia ordenada.
LA SECRETARIA
ABG. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO