REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 6 de Abril de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL :
ASUNTO : LP01-P-2005-000298


En vista de la decisión de fecha 24 de febrero del presente año 2005, mediante la cual éste Tribunal de Control No 4 del Circuito Judicial, dispuso en la dispositiva de la decisión “La entrega al ciudadano GILBERTO ANTONIO RIVAS RIVAS, quien es venezolano, mayor de edad, agricultor, titular de la cédula de identidad No 3.036.876 de un vehículo características Marca Toyota, Modelo Land Crusier, año 1.992…”, en donde se lee 1.992 corresponde 1.982, con la cual se hace la corrección material dejando constancia de ello y que ésta se produce fuera del lapso contenido en el artículo 176 del código orgánico procesal penal, pero ello no comporta la modificación sustancial al fondo de la resolución judicial, se procede a dejar constancia de la misma a efecto vivendi. PROVEASE LO CONDUCENTE. CUMPLASE.


ABOG. BRADY ARAMBULO TORRES




LA SECRETARIA,


ABG. MARIA MILAGROS LEON M