REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 6 de Abril de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2004-000788
ASUNTO : LP01-P-2004-000788

Por cuanto al folio 153 y 154 de las actuaciones, obra escrito presentado por el abogado Armando De la Rotta Aguilar, mediante el cual en representación de la ciudadana Mayira Coromoto Uzcátegui de Torres, solicita la total entrega del vehículo marca Ford, serial de carrocería AJF60U11838, placas 350 EAE, serial de motor V-8, modelo F-600, año 1978, color azul oscuro con franjas amarillas, azules y rojas, clase camión, tipo volteo, uso de carga 6000 kilogramos, toda vez que el descrito vehículo pertenece a la ciudadana Mayira Coromoto Uzcátegui de Torres, afirmando que desde la retención del mismo, se le ha causado perdidas económicas a la prenombrada ciudadana, por ser ese vehículo su único sustento familiar.
UNICO: en relación a la petición antes señalada, este Tribunal observa que de las actuaciones se desprende, que en fecha 08.12.2004, se inició un procedimiento en el cual se retuvo el vehículo solicitado por la ciudadana Mayira Coromoto Uzcátegui de Torres, el cual fue descrito anteriormente. Este procedimiento se encuentra en fase de juicio oral y público, por ordenarse por medio del correspondiente auto de apertura a juicio, el enjuiciamiento de los ciudadanos Jesua Alberto Torres y Alcides Ibarra Pérez, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Precursores Químicos, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, motivo por el cual por la índole del delito que se va a debatir en el juicio, considera la que aquí decide que la entrega del vehículo a su propietario (a), en este momento no es procedente, ya que dicha entrega dependerá de las resultas del juicio oral y público, a tenor de lo señalado en los artículos 60 numeral 6 y 66 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Por las razones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA la entrega del vehículo marca Ford, serial de carrocería AJF60U11838, placas 350 EAE, serial de motor V-8, modelo F-600, año 1978, color azul oscuro con franjas amarillas, azules y rojas, clase camión, tipo volteo, uso de carga 6000 kilogramos, a la ciudadana Mayira Coromoto Uzcátegui de Torres, hasta tanto no culmine el juicio oral y público, del cual se desprenderá si la entrega del vehículo en cuestión procede o no.
Notifíquese a las partes, a los acusados y a la propietaria del vehículo y para tales efectos líbrese las correspondientes boletas de notificación. Certifíquese por secretaría copia de la presente decisión. Cúmplase.

La Juez (T) de Juicio N° 01

Abog. Marianina del Valle Brazón Sosa

La Secretaria

Abog. Wendy Dugarte


En fecha_____________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró boletas de notificación Nros: ___________________________________________
Sria