REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 4 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000041
Visto el escrito presentado por el ciudadano Jesús Manuel Márquez Molina (folio 178) mediante el cual solicita nuevamente la entrega del arma de fuego tipo pistola, marca Browning, calibre 9 mm, pabón negro, serial 29078, con cargador niquelado, este Tribunal a los fines de decidir observa:
El ciudadano Jesús Manuel Márquez Molina, fue condenado previa admisión de los hechos, por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a cumplir la pena de nueve (9) meses de prisión por la comisión del delito de Uso Indebido de Arma de Fuego, previsto en el artículo 282 del Código Penal. Como pena accesoria a la principal, se estableció en dicho fallo, a tenor de lo establecido en el artículo 33 del Código Penal, el decomiso de la referida arma de fuego (folios 78 al 82), dándole así cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 282 y 279 del Código Penal, que disponen el decomiso del arma de fuego en caso de acreditarse su uso indebido.
Por las razones expuestas, resulta ajustado a derecho negar la solicitud presentada por el ciudadano Jesús Manuel Márquez Molina, referente a la devolución del arma ya especificada, debido a que la misma fue decomisada y puesta a la orden de la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales, tal y como se evidencia a los folios 154 y 155.
Decisión: En consecuencia, este Juzgado de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 33, 279 y 282 del Código Penal, declara sin lugar la solicitud presentada por el ciudadano Jesús Manuel Márquez Molina, referente a la devolución del arma de fuego tipo pistola, marca Browning, calibre 9 milímetros, pabón negro, serial 29078, con un cargador niquelado, ya que la misma fue decomisada y puesta a disposición de la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales.
Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público y al peticionante. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3
Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria
Se libraron las boletas de notificación N° _____________________y oficio N° ___________________.
La Secretaria