REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÈRIDA
EXTENSIÒN EL VIGÌA
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución Nº 02
El Vigía, 29 de Abril de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000043
ASUNTO : LJ11-X-2005-000005
Vista la solicitud realizada por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante oficio MER FS 2005-240, recibida por ante este despacho en fecha 01-03-05, mediante el cual solicita se abra el Procedimiento de Destrucción de Droga, contemplado en las sentencias N° 2464, de fecha 20 de noviembre de 2001, y de su aclaratoria de fecha 21 de Octubre de 2002, emanadas de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para cuyos efectos anexa el acta de Prueba Anticipada en la causa seguida a JESUS MARIA RUEDA Y CARLOS RAMON SANCHEZ ZAMBRANO, por la comisión de los delitos contemplados en la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de El Estado Venezolano. En tal sentido, este Juzgado de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Se ordena abrir el procedimiento de destrucción de las Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas incautadas con un peso bruto de: BRUTO DE 20.835 GRAMOS, PARA UN PESO NETO DE 19500 GRAMOS. 20 envoltorios de forma rectangular, elaborados en papel bond de color marrón, plástico de color rojo, y plástico transparente, envuelto además de un plástico de color negro contentivo en su interior de una sustancia de material vegetal, restos de semilla de color pardo verdoso, presentando un olor fuere y penetrante enumerándose del 1 al 20, para un peso en virtud de lo cual este Tribunal ordena notificar al Fiscal Superior del Ministerio Público, y Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Público, defensa, imputado y expertos. Ofíciese al Comandante de la Guardia Nacional del Destacamento 16 y oficiar a la Comisión Nacional Contra el Uso Ilícito de las Drogas, a la Dirección de Drogas y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, y al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Seccional El Vigía, informándole sobre la apertura del procedimiento, el cual se llevará a efecto en un lapso no mayor de quince (15) días, una vez conste en autos las notificaciones respectivas. Líbrense y remítanse los oficios correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPLENTE DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. THAIS CAMACHO LUZARDO
SECRETARIA
ABG. DULCE MARÍA MANRIQUE PORRAS.